[Enlace_Mexico]

 Boletin sobre los Pres@s Politic@s / Conferencia deprensa Toluca edo mex


 Queridos hermanos: el Comité de Enlace Latinoamericano
 y Caribeño "Por la Unidad y la Soberanía de Nuestra
 América" pone a su consideración la siguiente información:
 De:  www.radiopacheco.org Frecuencia Libre
radiopacheco@hotmail.com>
 Enviado el:  Jueves, 27 de Julio de 2006 12:19:19 a.m.
 Asunto: Boletin sobre los Pres@s Politic@s / Conferencia deprensa
 Toluca edo mex


 Mandamos adjunto el boletín leído ayer en la conferencia de prensa
 por el colectivo de abogados que esta defendiendo a los compañeros
 presos en Atenco y Texcoco y recluidos en Almoloyita. Esta
 conferencia de prensa estuvo acompañada con diferentes actividades
 político-culturales en el centro de Toluca.

 este boletin esta publicado tambien en este link:

 Conferencia de prensa de abogados y organizaciones en torno a la
 situación de los pres@s Politic@s


 http://www.radiopacheco.org/index.php?
 
option=com_content&task=view&id=883&Itemid=41
 Salud y Saludos.

 
Radio Pacheco
 Por la liberación de todos los pueblos de la tierra
 http://www.radiopacheco.org/2005
 BOLETIN DE PRENSA

       Queremos informar a nuestros compañeros d la otra campaña
 (Dentro y fuera del país); a los presos y procesados; a la
 comandancia y bases de apoyo del Ejercito Zapatista de Liberación
 Nacional; y en general a la sociedad civil nacional e internacional:

       1.-  Transcurridos 80 días desde aquel 3 de mayo en que se
 desato el golpe de mano de corte fascista del estado mexicano,  en
 Texcoco, San Salvador Atenco y en el penal de Almoloya de Juárez
 (Santiaguito) en  el Estado de Mexico, la ofensiva continua y la
maquina represiva sigue accionando; deteniendo a mas compañeros
 mediante un operativo de amago y hostigamiento policiaco
 sistemático, genera un ambiente de terror permanente entre los
 habitantes del Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra, este
 método es aplicado con la finalidad de anular la personalidad de
 estos pobladores y también en la búsqueda de disminuir su capacidad
 física y mental para responder a la tortura que están viviendo, con
 lo que el estado mexicano no solo continua violando los derechos
 humano y las garantías individuales, sino que puede estar
 incurriendo en delitos de lesa humanidad tipificados en la
 legislación nacional e internacional.

       2.- El colectivo de abogados ADHERENTES A LA SEXTA
 DECLARACIÓN
DE LA SELVA LACANDONA y parte DE LA OTRA CAMPAÑA, que
 continua la defensa de 98 de nuestros COMPAÑEROS en la causa 96/06,
 en el penal de Almoloya de Juárez (Santiaguito), en el Estado de
 México, informan que en la audiencia de pruebas del día 29 de junio
 pasado se logro desahogar las declaraciones del total de los presos
 y  procesados que se habían reservado su derecho a hacerlo.

        Como el juez de la causa esta empecinado en dilatar el
 proceso, acordó que primero tenían que desahogarse las ampliaciones
 de declaración de todos los presos y procesados en forma previa a
 las ampliaciones de declaración de los policías aprehensores y
 remitentes, lo que hemos considerado improcedente toda vez que nos
 coloca en una situación procesal desventajosa e inequitativa, al
 pretender que, sin conocer las manifestaciones de dichos elementos
 represivos " en sus respuestas al cuestionario que les formule la
 defensa", se desahoguen las ampliaciones de declaración de nuestros
 compañeros; por ello decidimos que todos y cada uno de ellos se
 reservarán su derecho a ampliarlas, hasta en tanto no declaren lo
 elementos represores. En la audiencia referida logramos que el juez
 tomara constancia de que todos nuestros representados se reservaron
 su derecho para formular sus respectivas ampliaciones de
 declaración, con ello consideramos haber abreviado tres meses de
 proceso considerando el numero de compañeros que habían estado
 siendo programados en cada audiencia.

         El día 9 de agosto de 2006 a las 10 horas esta programada
 la próxima audiencia del desahogo de pruebas en la que, de forma
 ilegal, se pretende dividir la audiencia testimonial de ampliación
 de declaraciones de los policías aprehensores y remitentes cuando en
 el código de procedimientos  penales del estado de México se
 establece que la audiencia de testigos es indivisible y que la
 autoridad jurisdiccional tiene la obligación de preservar las
 condiciones para impedir la comunicaciones entre los testigos, en
 este caso policías, durante el desahogo de dicha audiencia como
 elemento de credibilidad. Si el juez buscara la verdad histórica de
 los hecho y a partir de ello pretendiera impartir justicia, no
 tendría empacho en respetar las reglas del procedimiento y ordenar
 el desahogo de la ampliación de declaraciones de todos y cada uno de
 los policías en un solo evento, una audiencia en la que el juez
 habilitara tantas horas como fueran necesarias para tal fin, pero en
 lugar de ello el juez decidió desahogar únicamente la ampliación de
 declaración de 5 policías; contrario a lo que debería de ser,
 pretende propiciar la comunicación entre los testigos
 desnaturalizando la esencia de la prueba testimonial y violando los
 principios procedimentales en detrimento de la impartición de
 justicia pronta y expedita, por ello reivindicamos el principio
 jurídico de indivisibilidad de la prueba testimonial como parte de
 la garantía de legalidad y exigimos respecto irrestricto por parte
 del juez de la causa.

       3.- En contra del auto de formal prisión de fecha 10 de mayo
 de 2006, se encuentran en curso diversos juicios de amparo ante el
 juzgado 2° de distrito de amparo de materia penal en Toluca, estado
 de México, de los cuales conoció una juez durante mas de dos meses,
 cinco mil hojas aproximadamente, esta retardo el procedimiento
 injustificadamente y con el pretexto reiterado varias veces en los
 diferentes expedientes, de que "había copias ilegibles" en las
 enviadas por el juez de "Santiaguito", es por ello que se han
 diferido todas las audiencias constitucionales, y luego, sin
 justificación y explicación alguna, de pronto se encuentra nombrado
 un nuevo juez de distrito que continuara conociendo de los juicios
 de amparo mencionados. Es notoria la intencionalidad de tal medida:
 se pretende justificar la dilación en la impartición de justicia con
 el pretexto del nuevo juez debe imponerse de los autos y que estos
 son muy voluminosos.
        La excepción es el juicio de amparo 556/06 contra el delito
 de ataques a las vías de comunicación, del que se desahogo la
 audiencia constitucional el día 19 de julio, a partir de ese día
 comenzó a contar el plazo legal del juez que consta de diez días,
 para dictar la sentencia respectiva. Consideremos que al existir
 imputaciones genéricas y al no existir invidualizacion de las
 conductas de los acusados, no se tipifican los elementos del cuerpo
 de delito imputados y menos aun su probable responsabilidad en los
mismos, por lo que pensamos no existe sustento legal alguno para el
 dictado de auto de formal prisión, en consecuencia, debe concederse
 la protección de la justicia federal a favor de los quejosos y con
 ello la libertad inmediata e incondicional de todos nuestros
 compañeros.

        4.- Igualmente informamos que se encuentran en curso dos
 denuncias penales por el delito de TORTURA, presentada ante la
 Procuraduría General
de Republica, por 28 compañero la primera y 22
 la segunda, en contra de quienes resulten responsables, por acción o
 por omisión, material o intelectual señalando a toda la cadena de
 mando de toda la policía municipal de Texcoco, la policía estatal
 del estado de México, así como de la Policía Federal Preventiva,
 como responsables de la comisión de un delito de lesa humanidad; es
 decir, que el ministerio publico federal ahora debe investigar, con
 todos los elementos legales a su alcance, los hechos ocurridos con
 posterioridad al momento del aseguramiento de los compañeros por
 parte de los cuerpos represivos los días 3 y 4 de mayo de 2006 en
 Texcoco, en San Salvador Atenco, así como en el trayecto de esos
 lugares al penal de "Santiaguito" para el deslinde y fincamiento de
 responsabilidades penales que correspondan conforme a la Ley Para
 Prevenir Y Sancionar La Tortura, El Código Penal Federal y el Código
 Federal de Procedimientos Penales.

        En las respectivas denuncias han sido ofrecidos como medios
 de prueba: por una parte los archivos de la Comisión Nacional de
 Derechos Humanos en relación con los hechos del 3 y 4 de mayo
 referidos, en los que consta información privilegiada como videos,
 fotografías, dictámenes periciales, certificaciones medicas,
 testimonio directos, de tal manera importantes que constituyen los
 elementos de convicción que llevaron a la CNDH a señalar en el
 preinforme que hizo publico, la existencia de delitos de lesa
 humanidad perpetrados por el Estado mexicano en el caso Atenco, por
 otra parte hemos requerido que la PGR solicite a su vez al Centro de
 Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez la información que posea
 respecto de los mismos hechos mencionados.

         Es de hacer notar que la Comisión Nacional de Derechos
 Humanos se ha negado a proporcionar las información de los
 expedientes relativos, tanto de los propios afectados como a sus
 familiares, abogados defensores y organismos de Derechos Humanos
 involucrados en su defensa, lo cual representa una violación a los
 principios de acceso a la información consentida y ofrecida para la
 defensa de los procesados, la negativa de dicha información a
 redundado en perjuicio de los presos y procesados, convirtiéndose en
 un dique que obstaculiza la investigación de los delitos de lesa
 humanidad denunciadas ante la Procuraduría General de la Republica.

         Igualmente hacemos del conocimiento de la opinión publica
 que en la Fiscaliza Especial de Delitos contra las Mujeres de la
 PGR
, la fiscal Alicia Pérez Duarte ha dado tramite al desahogo de
 las pruebas periciales por tortura sexual ( abuso sexual y
 violación), dentro de una Averiguación Previa iniciada de oficio
 únicamente por el delito de violación, sin embargo durante la
 indagatoria y a partir de los testimonios de las victimas la fiscal
 determino la existencia del delito de tortura, dichas periciales
 están a cargo de los expertos en la investigación de la tortura,
 médicos y sicólogos del Colectivo Contra la Tortura y la Impunidad,
 AC., quienes están aplicando los cuestionarios establecidos en
 el "Protocolo de Estambul", instrumentos internacionales que
 permiten demostrar con precisión científica la existencia de huellas
 de la tortura, no solamente físicas, sino las de carácter
 psicológico, que si bien las primeras pueden desaparecer con el paso
 del tiempo, la segundas dejan huella permanente

         Sin embargo la PGR ha iniciado un proceso de "tortuguismo
 burocrático" para obstaculizar la investigación, la primera denuncia
 presentada directamente ante el Procurador General de la Republica
 fue remitida a la delegación de la PGR en Toluca Estado de México,
 sin que hasta la fecha se  haya dictado Acuerdo a Radicación  o se
 le haya asignado un numero de averiguación previa, menos aun se ha
 acordado nada en relación al nombramiento  de coadyuvantes del
 ministerio publico federal.  La segunda denuncia presentada
 pretendieron fuera entregada en plena banqueta, sobre la calle paseo
 e la reforma, en el distrito federal, a un funcionario menor,
 finalmente fue recibida en la oficina de correspondencia del
 procurador, sin que hasta el día de hoy se haya informado de su
 radicación al numero de averiguación previa.

          5.- Frente al riesgo inminente de que estos delitos de
 lesa humanidad queden impunes en México, tal y como puede advertirse
 en la actuación tanto de la Procuraduría General de Justicia del
 estado de México que únicamente inicio una Averiguación Previa en
 contra de 21 de los 4000 policías que intervinieron el operativo
 terrorista de estado aludido y acusándolos de un delito menor (abuso
 de autoridad) son consignados ante un juez y obtienen su libertad
 bajo fianza, para que en libertad lleven su proceso y
 garantizándoles que no habrán de pisar la cárcel   aunque sea
 condenados, como de la Procuraduría General de la Republica que
 primero se niega a iniciar una Averiguación Previa de oficio tal y
 como le mandata la legislaron nacional e internacional, desde el
 momento mismo en que surge la mera presunción de la existencia de la
 tortura y luego cuando las victimas de la tortura presentan sus
 denuncias formalmente, ante la inacción del Estado, simplemente
 evaden su responsabilidad y obstaculizan intencionalmente la
 investigación respectiva, pretendiendo tejer un manto de impunidad
 en torno de los responsables materiales e intelectuales de los
 hechos de tortura.

          Por lo anterior y en virtud de que Estatuto de la Comisión
 Interamericana
de Derechos Humanos, por excepción y cuando los
 delitos de lesa humanidad pueden quedar impunes, por la complicidad
 del Estado, faculta a las victimas de la tortura, a acudir ante
 dicha instancia internacional sin tener que agotar las instancias
 nacionales de manera previa. Por ello estamos preparando la Denuncia
 Internacional
ante la CIDH por el delito de  tortura, y preparar las
 condiciones para acudir en juicio a la Corte Interamericana de
 Derechos Humanos.

         En paralelo estamos haciendo el estudio del "Estatuto de
 Roma" del cual se derivan la Corte Penal Internacional y el
 Protocolo de Estambul, instrumento legales internacionales de los
 que forma parte México que han sido ratificados por el Senado de
 Republica y que por lo tanto tiene rango de Normas Supremas
 únicamente por debajo de los preceptos constitucionales, en lo que
 se establece la competencia de la Corte Penal Internacional para
 conocer los delitos de lesa humanidad como los crímenes de guerra y
 la tortura, en la especie habremos de juzgar al Estado Mexicano a
 través de los titulares de Poder Ejecutivo, responsables de haber
 ordenado y ejecutado este crimen de estado.

         Llamamos a la sociedad civil a solidarizarse con los presos
 políticos en acciones que permitan, por un lado, que obtengan su
 libertad inmediata y absoluta, y por otro que con la acción
 concertada de todos y todas impidamos que actos de terrorismo de
 estado como los que denunciamos vuelvan a ocurrir, nos implica a
 todos el velar por el cumplimento y respeto de las garantías
 individuales de los ciudadanos, hoy les toco a ellos impidamos que
 mañana nos toque a cualquiera de nosotros.


 México DF; a 25 de julio de 2006

 ABOGADOS ADHERENTES A LA SEXTA Y A LA OTRA CAMPAÑA

 ¡Por el respeto a la voluntad popular!

 ¡Por la libertad de todos los presos políticos del país!

 Comité de Enlace Latinoamericano y Caribeño (CELC)

 Página Web: http://www.celc.mx.gs

 Correo electrónico: enlace_latinoamericano@yahoo.com.mx

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